Antes que nada lanzamos la pregunta que constantemente nos hacen:
¿Dónde es más fácil para casarse, en México o España?

Por experiencia y comentarios seguimos declarando que es mas fácil en México, entre otras cosas porque recientemente se ha eliminado el trámite que permitía al extranjero casarse en México con un mexicano. Es decir, ese trámite ya no se realiza en México. ¡Una cosa menos!.

Finalmente tu decisión dependerá de las opciones que se te presenten por estrategia o porque, simplemente, quieres hacer tu boda en uno y otro país.

En el caso de que decidas que quieres casarte en México, tenemos el trámite en el Álbum de trámites.

PERO SI HAS DECIDIDO CASARTE EN ESPAÑA AQUÍ TE DAMOS EL PASO A PASO:

Revisa con tiempo este trámite para casarse aquí en Madrid; no te vengas a España sin antes leerlo y saber que necesitarás.

¿Por qué comentamos que es menos sencillo el trámite en España o Madrid (nuestro caso)?

Porque dependerá de la suerte que tengas con el Registro Civil para que te dé el permiso, la cita para una audiencia reservada, o incluso, en algunas ocasiones, hasta certificación de Edictos (lo que nosotros conocemos como amonestaciones).

Tampoco te asustes; actualmente este procedimiento en Madrid es relativamente fácil, pero el problema de esto son los tiempos en que el juez puede extender el permiso para que puedas o no realizarlo, puesto que varía mucho si lo solicitas en un ayuntamiento muy concurrido, con fechas muy complicadas, o te vas a algún pueblito a realizarlo.

Así que comencemos a leer.

1. SOLICITUD DE APERTURA DE EXPEDIENTE:
Primero que nada hay que ir a solicitar que te abran un expediente en el Registro Civil que le corresponda al lugar en donde vives; aquí hay gente que puede tener dos opciones, porque puedes recurrir al Registro Civil más cercano al domicilio del novio o en el que vives tú; ojo, por lo menos debes de tener un año viviendo en ese domicilio. Este trámite puede tardar un mes, así que algunas chicas nos recomiendan que trates de buscar una fecha que no haya tantas bodas, porque aquí ,al parecer, Mayo y Junio se saturan.

2. DOCUMENTACIÓN:
Reúne la documentación tanto para ti, que eres extranjero, como para el ciudadano de la Unión:

Extranjeros.
– Acta de Nacimiento apostillada.
-Certificado de Soltería apostillada.
-Certificado de empadronamiento.
-En caso de ser viudo o divorciado, lleva los documentos pertinentes que te acrediten como divorciado o viudo.

Español:
-Certificado literal de Nacimiento, expedida por el Registro Civil con una antigüedad no mayor a 6 meses.
-Certificado de Residencia de los últimos 2 años; lo expide el ayuntamiento y tiene vigencia de 3 meses.
-En caso de Ser viudo o divorciado, lleva los documento pertinentes que te acrediten como divorciado o viudo.
-Lleva un testigo para la apertura del expediente. Y dos testigos para el enlace.

Un dato muy importante que no puedes dejar pasar, y más si vives en pueblos de Madrid, es que tienes que investigar si en esos lugares te pueden pedir una certificación de edictos; ahí se tarda otro mes entre que lo publican y que te den la resolución del edicto correspondiente, o incluso para que en México también puedas publicarlos. ¿Para qué sirve esto? pues es un aviso público de tu matrimonio próximo y así ver que no tienes impedimento alguno para ello. En Madrid generalmente no los piden.

3. CITA PARA AUDIENCIA RESERVADA (NO SIEMPRE):
Luego que en la cita entregues toda la documentación puede que te den una cita extra para una audiencia reservada; algunas veces no lo hacen, puesto que al llevar tu testigo, el mismo declara que les conoce y que no hay ningún tipo de fraude en el procedimiento y con eso es suficiente; pero a veces no es así, la ley marca que te pueden volver a citar para este procedimiento; o sea todo depende de como los vean.

4. EXTENCIÓN DEL PERMISO.
El proceso para la extensión del permiso se tarda de dos a tres meses; calcula bien tus fechas porque aquí tienes la opción de casarte en otro Registro Civil que no corresponda al de tu domicilio, así que toma en cuenta los meses de mayor movimiento de matrimonios.

5. TESTIGOS PARA LA BODA
Nos han comentado que si tienes testigos para tu boda que vienen de México tienen que estar muy seguros de estar para esa fecha, si no, la unión se puede cancelar por el hecho de que tú tienes que Registrar los datos de tus testigos y al no presentarse, la boda se cancela. (Al parecer hay un tiempo para poder hacer el cambio de testigos, pero eso dependerá del Registro Civil)

6. FECHA DE LA BODA
Ya que tienes la fecha de la boda (previendo bien todas las fechas) lo siguiente es presentarse el día en el Registro Civil que hayas elegido para el enlace; hay que presentar el documento que te entregará el Registro Civil dando la autorización para el enlace, el pasaporte, NIE o DNI de la pareja contrayente que registraste en el momento de la apertura del expediente, y el pasaporte de tus testigos (si acaso vinieran de México) o NIE O DNI.

7. ACTA DE MATRIMONIO
Por último, ese día te dan una acta, una semana vas al registro y ya tienes tu libro de familia y actas originales.

¿Que trámites siguen a tu matrimonio?

EL PERMISO DE RESIDENCIA O TARJETA COMUNITARIA

En nuestro Álbum de Trámites puedes encontrar ese paso a paso.

Esperamos que está pequeña guía pueda ayudarles para llevar a cabo su boda aquí en España. Gracias a las personas que nos ayudaron brindando su experiencia para poder redactar esta guía. Saludos.

IMPORTANTE: Nos somos asesoras legales, la información que te ofrecemos es en base a experiencia.